Ecuador
La ley electoral establece seis causas válidas para evitar multas y sanciones tras no acudir a las urnas.
Por Alexander Calero
Actualizado: 16 de noviembre de 2025

Ciudadanos acuden a recintos electorales durante la jornada del Referéndum y Consulta Popular 2025.
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Millones de ecuatorianos participan este 16 de noviembre de 2025 en la jornada del Referéndum y Consulta Popular convocada por el CNE, un proceso obligatorio que, sin embargo, contempla excepciones para quienes no pueden acudir a votar. Bajo esta normativa, solo seis situaciones permiten justificar la ausencia y evitar sanciones económicas.
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El Código de la Democracia establece que estas excusas deben estar debidamente respaldadas con documentos oficiales para que sean aprobadas por la autoridad electoral.
Causas válidas para no acudir a votar
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El artículo 292 del Código de la Democracia detalla las seis causas que permiten excusarse:
1. Mandato legal o judicial
Aplica a personas que, por disposiciones legales vigentes, no pueden ejercer el voto.
Esta restricción debe estar activa el día de la jornada electoral.
2. Problemas de salud o impedimento físico
Se debe presentar un certificado médico del Sistema Nacional de Salud.
Los certificados privados requieren validación oficial.
3. Calamidad doméstica grave
Incluye fallecimientos u otras emergencias familiares ocurridas el día de las elecciones o hasta ocho días antes.
El ciudadano debe demostrar el hecho con documentos oficiales.
4. Encontrarse fuera del país
Los ecuatorianos en el extranjero o quienes lleguen al país el mismo día pueden justificar su ausencia con:
pasaporte, pasajes, sellos migratorios u otros documentos válidos.
5. Actividades vinculadas al proceso electoral
Aplica para:
— Miembros de Fuerzas Armadas
— Policía Nacional
— Observadores electorales
— Delegados y funcionarios del CNE
El trabajo oficial durante la jornada justifica la inasistencia.
6. Voto facultativo
El voto no es obligatorio para:
— Jóvenes de 16 y 17 años
— Adultos mayores de 65 años
— Integrantes de Fuerzas Armadas y Policía Nacional
Estos grupos pueden votar voluntariamente.
Dónde presentar la justificación
La documentación debe entregarse en la delegación provincial del CNE correspondiente al lugar donde el ciudadano está empadronado.
El organismo recomienda hacerlo dentro de los 30 días posteriores a los comicios.
Es indispensable presentar originales o certificados digitales válidos, según la normativa del proceso.
Multas por no votar o incumplir funciones electorales
El artículo 292 también establece las sanciones económicas:
• No votar: USD 47 (10% del salario básico unificado).
• No presentarse como miembro de una junta receptora del voto: USD 70,50 (15%).
• Abandonar funciones durante la jornada: multa adicional del 10%.
Las multas pueden acumularse si el ciudadano comete más de una infracción.
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