Sociedad

Superintendencia de Protección de Datos Personales se pronuncia por la «Lista de Infieles Ecuador»: ¿habrá consecuencias legales?

La entidad está está evaluando el alcance, impacto y origen para determinar posibles responsables.

Por oromartv.com

Actualizado: 5 de diciembre de 2025

Superintendencia de Protección de Datos Personales se pronuncia por la «Lista de Infieles Ecuador»: ¿habrá consecuencias legales?

Imagen referencial sobre infidelidad. Foto de internet.


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Luego que se viralizara un supuesto archivo colaborativo denominado Registro Nacional de Infieles o Lista de Infieles Ecuador, la Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP), se pronunció, advirtiendo que esta práctica “constituye un riesgo grave para los derechos y libertades de los ciudadanos”.

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La dinámica de esta iniciativa, que se ha dado en otros países como Perú, México y Chile, es que, en el archivo colaborativo, cualquier usuario puede añadir información.

La Superintendencia señala que al hacerlo sin verificación y sin cumplir con las condiciones lícitas del tratamiento de datos personales, la Lista de Infieles Ecuador, “promueve la exposición indebida de información y vulnera de manera directa el derecho fundamental a la protección de datos personales”, algo que está estipulado en el artículo 7 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales”.

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La entidad fue clara al explicar que, la supuesta finalidad recreativa o “viral” del archivo no exime de responsabilidad por el tratamiento ilegítimo de datos, ni elimina las posibles consecuencias legales derivadas de su difusión.

Asimismo, indica que está evaluando el alcance, impacto y origen de la difusión del archivo a fin de determinar posibles responsables.

La Superintendencia además, pide a la ciudadanía no participar en estas dinámicas, ya que ya que la “protección de datos personales es un deber colectivo y una obligación legal. En un entorno digital donde la viralidad puede amplificar riesgos de manera inmediata, es indispensable actuar con responsabilidad, detener la propagación de contenidos que afecten a terceros y promover una cultura de respeto a la protección de datos personales”.

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