Ecuador

Jóvenes en Acción: 7 causas para perder y devolver el bono

El programa Jóvenes en Acción contempla nuevas condiciones que los beneficiarios deberán cumplir para conservar el incentivo económico entregado por el Gobierno.

Por Alexander Calero

Actualizado: 30 de octubre de 2026

Jóvenes en Acción: 7 causas para perder y devolver el bono

Participantes del programa Jóvenes en Acción. El Decreto Ejecutivo 520 establece siete causales de exclusión y contempla la devolución de valores no devengados por incumplimientos.


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El presidente Daniel Noboa oficializó, mediante el Decreto Ejecutivo 520, las condiciones del cuarto período de Jóvenes en Acción, programa que contempla dos transferencias de $400 para aproximadamente 700.000 beneficiarios en Ecuador.

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El incentivo suma $800 durante dos meses. La primera transferencia se realiza antes de iniciar las actividades, mientras que el segundo pago depende del cumplimiento de las tareas asignadas por las entidades ejecutoras del programa.

La normativa establece siete causales de exclusión y contempla la restitución de valores no devengados cuando corresponda. Esto significa que perder el beneficio no implica automáticamente devolver los $800 completos recibidos.

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¿Cuáles son las siete causas para perder el bono?

Las primeras tres causales son el fallecimiento verificado, la renuncia voluntaria y la presentación de documentos falsos, adulterados o pertenecientes a terceros, incluida la suplantación de identidad durante cualquier etapa del programa.

También se contempla faltar injustificadamente tres días consecutivos dentro de un mismo período mensual, registrar una cuenta bancaria ajena e incumplir sin justificación las actividades establecidas como condición para recibir las transferencias económicas.

La séptima causal comprende actos de violencia, amenazas, acoso, hostigamiento o discriminación contra terceros. Estas conductas deberán ser verificadas por la entidad ejecutora mediante un informe debidamente motivado antes de aplicar la exclusión.

¿Cuándo deberán devolver el dinero recibido?

En casos de incumplimiento, los beneficiarios deberán restituir los valores no devengados. Las entidades ejecutoras coordinarán su recuperación con el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Humano, mientras las empresas participantes deberán reportar las faltas detectadas.

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