Política

Chimborazo también en estado de excepción: Noboa amplió los alcances de la medida y decretó toque de queda

En esa provincia fue donde la Conaie y sus regionales se reunieron en una asamblea extraordinaria y decidieron convocar al paro nacional.

Por Alejandra Loor

Actualizado: 19 de septiembre de 2025

Chimborazo también en estado de excepción: Noboa amplió los alcances de la medida y decretó toque de queda

Daniel Noboa, presidente de Ecuador. Foto de internet.


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Luego que la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), anunciara un “paro nacional inmediato e indefinido” en rechazo a la eliminación del subsidio al diésel, el presidente Daniel Noboa, mediante Decreto Ejecutivo 146, amplió los alcances del estado de excepción decretado recientemente, incluyendo a Chimborazo.

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En esa provincia fue donde la Conaie y sus regionales se reunieron en una asamblea extraordinaria y decidieron convocar al paro nacional.

Ahora el estado de excepción está decretado para Carchi, Imbabura, Pichincha, Azuay, Bolívar, Cotopaxi, Santo Domingo y Chimborazo, con una vigencia de 60 días e incluye la suspensión de la libertad de reunión.

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Pero, además, el jefe de Estado decretó toque de queda para cinco de las ocho provincias: Chimborazo, Cotopaxi, Imbabura, Bolívar y Carchi de 22:00 a 05:00, es decir que en ese horario estará restringida la libertad de tránsito, excepto para personal de salud, servicios de emergencia, altos funcionarios de la Presidencia y Ministerios, transportistas, personas que deban embarcarse a un vuelo y quienes trabajen en el abastecimiento de cadenas productivas.

Aunque el decreto de estado de excepción sostiene que se respeta el derecho a protestar pacíficamente, las Fuerzas Armadas y la Policía podrán impedir y desarticular reuniones en espacios públicos, “donde se identifiquen amenazas de seguridad”.

El argumento en que se respalda oficialmente Noboa es que en las provincias bajo estado de excepción se han reportado obstaculizaciones de vías principales, impidiendo el libre tránsito, afectando garantías, libertades y derechos ciudadanos, así como el desarrollo normal de las actividades cotidianas personales, comerciales, laborales y económicas.

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