El sistema informático de matriculación vehicular del 2016 estará disponible hasta las 18:00 del 29 de diciembre y será habilitado nuevamente desde el 10 de enero del 2017, informó el Servicio de Rentas Internas (SRI). Por tanto los propietarios de los vehículos que requieran hacer trámites en ese periodo, deberán cumplir con lo siguientes procesos:Leer más
Por Redacción
21 de diciembre de 2016
El sistema informático de matriculación vehicular del 2016 estará disponible hasta las 18:00 del 29 de diciembre y será habilitado nuevamente desde el 10 de enero del 2017, informó el Servicio de Rentas Internas (SRI). Por tanto los propietarios de los vehículos que requieran hacer trámites en ese periodo, deberán cumplir con lo siguientes procesos:Leer más
El sistema informático de matriculación vehicular del 2016 estará disponible hasta las 18:00 del 29 de diciembre y será habilitado nuevamente desde el 10 de enero del 2017, informó el Servicio de Rentas Internas (SRI).
Por tanto los propietarios de los vehículos que requieran hacer trámites en ese periodo, deberán cumplir con lo siguientes procesos:
1.- Los contratos legalizados por los notarios durante este período, deberán ser registrados de forma manual, para lo cual los contribuyentes deberán acudir a las oficinas del SRI a partir del 10 de enero de 2017.
2.- Registro de vehículos importados y ensamblados podrán ser registrados en el SRI desde la fecha de apertura del Sistema de Matriculación Vehicular.
3.- Módulo de Matriculación Vehicular en Servicios en Línea de www.sri.gob.ec también se inhabilitarán tanto para las consultas públicas como privadas; por tanto las exoneraciones en línea de impuestos vehiculares, consulta de valores a pagar y pagos de matrículas, no podrán realizarse en esta plataforma virtual.
4.- En cuanto a la recepción de pagos por concepto de matrículas, transferencias o ajustes que se realizan en las instituciones financieras del país.
5.- Los procesos de matriculación vehicular se tramitarán en las ventanillas de atención al contribuyente localizadas en las diferentes oficinas del SRI.
6.- Las solicitudes de exoneración que se presenten en una jurisdicción diferente a la que registra en el RUC del solicitante serán receptadas hasta el 23 de diciembre de 2016, a fin de dar atención hasta el 29 de diciembre en su propia jurisdicción.
7.- Todas las solicitudes recibidas por Secretaría se deberán hacerse hasta el 23 de diciembre de 2016 con el fin de poder atenderlas en el plazo establecido.
8.- La solicitudes recibidas mediante el Sistema de Gestión Documental Quipux, serán receptadas y atendidas ininterrumpidamente, a excepción de aquellas que requieran del Sistema de Matriculación Vehicular, cuya atención se retomará a partir del 10 de enero de 2017.
Finalmente, el comunicado del SRI indica que las instituciones de tránsito a cargo de los procesos de matriculación vehicular como la Agencia Nacional de Tránsito, los respectivos GAD’s, el Servicio Nacional de Aduanas (en caso de vehículos importados) y las asociaciones Automotrices del Ecuador deberán adoptar las medidas correspondientes a fin de no afectar sus procesos de atención a la ciudadanía durante el período de cierre.
Fuente: Dirección de Comunicación del SRI.
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