Mundial 2026

Sociedad

SRI: anexo de dividendos de 2025 debe ser presentado en mayo de 2026

Es un trámite obligatorio.

Por Alejandra Loor

Actualizado: 11 de mayo de 2026

SRI: anexo de dividendos de 2025 debe ser presentado en mayo de 2026

Imagen referencial de una persona realizando un trámite del SRI. Foto de internet.


Anuncio

Las sociedades nacionales o extranjeras residentes o establecidas en Ecuador y las personas naturales residentes deberán presentar en mayo el anexo de dividendos correspondiente al ejercicio fiscal 2025.

Anuncio

El Servicio de Rentas (SRI) informó que el trámite se realiza en línea a través de la página web de la entidad: sri.gob.ec

En el documento se reporta la información del 1 al 31 de diciembre de 2025, correspondiente a la generación y distribución de utilidades o dividendos a socios o accionistas e incluye información relacionada con dividendos locales, dividendos provenientes del exterior y anticipos de dividendos, explicó el SRI.

Anuncio

¿Quiénes deben cumplir con esta obligación?

-Sociedades nacionales y extranjeras, incluidas las de economía mixta, residentes o establecidas en el Ecuador.

-Sociedades nacionales o extranjeras residentes o establecidas en el Ecuador y personas naturales residentes en el país, la información relativa a dividendos que les hayan sido distribuidos durante el periodo reportado, provenientes de sociedades extranjeras no residentes ni establecidas en el Ecuador.

-Organizaciones sujetas al régimen de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario.

La entidad también explicó que, para el ejercicio fiscal 2025 existen dos regímenes aplicables, dependiendo de la fecha de distribución de los dividendos:

-Régimen general: vigente hasta agosto de 2025, en el que el ingreso gravado corresponde al 40% del monto del dividendo distribuido, antes de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Transparencia Social.

-Régimen de impuesto único: aplicable desde septiembre de 2025, conforme al artículo 39.2 de la Ley de Régimen Tributario Interno, en el que el ingreso gravado corresponde al 100% del dividendo distribuido, tras la vigencia de la Ley Orgánica de Transparencia Social.

La presentación del anexo deberá realizarse de acuerdo al noveno dígito del RUC, según el calendario establecido por el SRI:

El SRI detalló que cuando la fecha de vencimiento coincida con días de feriado, se trasladará al siguiente día hábil.

Desarrollado por OromarTV · Todos los derechos reservados · Ecuador, 2025