El CNE será responsable de su aplicación en todos los recintos electorales.
Por Alex Calero
3 de abril de 2025
El CNE será responsable de su aplicación en todos los recintos electorales.
La Corte Constitucional de Ecuador ha respaldado la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de prohibir el uso de celulares y dispositivos electrónicos durante la votación en la segunda vuelta electoral, programada para el 13 de abril de 2025. Con ocho votos a favor y uno en contra, la Corte determinó que esta medida no vulnera el derecho al sufragio.
Según el pronunciamiento de la Corte, la restricción busca preservar la confidencialidad del voto y asegurar la integridad del proceso electoral. Se enfatiza que esta medida es operativa y no constituye un obstáculo para los electores.
Los votantes podrán llevar sus celulares al recinto electoral, pero deberán guardarlos al momento de sufragar. El secretario de la junta receptora del voto será el encargado de recordar a los ciudadanos la prohibición de usar dispositivos electrónicos durante la emisión del voto.
La jueza Alejandra Cárdenas Reyes emitió un voto en contra, argumentando que la sanción prevista es desproporcionada y que la norma podría estar creando una infracción electoral fuera de las competencias del CNE.
Esta decisión se da a pocos días de la segunda vuelta electoral en Ecuador, resaltando la importancia de mantener la transparencia y confidencialidad en el proceso democrático.
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