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Reforma a la Contratación Pública en Ecuador: Lo que cambia con la nueva Ley de Integridad Pública

Menos trámites, nuevas reglas y más tecnología: la Ley de Integridad Pública transforma la contratación estatal en Ecuador.

Por oromartv.com

30 de junio de 2025

Reforma a la Contratación Pública en Ecuador: Lo que cambia con la nueva Ley de Integridad Pública

Menos trámites, nuevas reglas y más tecnología: la Ley de Integridad Pública transforma la contratación estatal en Ecuador.


La Ley de Integridad Pública, que entró en vigencia el 26 de junio de 2025, ha reconfigurado por completo el panorama de la contratación estatal en Ecuador. Lo que comenzó como un proyecto urgente de apenas 17 páginas para simplificar los procesos del Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop), terminó en una ley de más de 150 páginas que modifica varios sectores del Estado.

La Asamblea Nacional tomó la propuesta original enviada por el presidente Daniel Noboa y la convirtió en una legislación integral que no solo cambia las reglas de los contratos públicos, sino que también introduce reformas en materia penal, justicia, empleo público, impuestos y hasta en servicios petroleros.

Lo que desaparece y lo que se mantiene

En materia de contratación, la ley elimina figuras como la cotización, la menor cuantía y la contratación preferente. Además, limita la forma de contratar consultorías: todas las superiores a 10.000 dólares deberán hacerse mediante concurso público, y las inferiores, por ínfima cuantía.

El objetivo del Ejecutivo es claro: hacer más ágil y menos vulnerable a la corrupción el sistema de compras públicas. Según explicó el secretario jurídico de la Presidencia, el Sercop se ha vuelto ineficiente y confuso, tanto para los proveedores como para los funcionarios.

Cambios clave en los procesos

  • Subasta inversa electrónica: Será obligatoria para bienes y servicios que no estén en catálogo y que superen los 10.000 dólares.
  • Licitación: Aplicable cuando no se pueda usar ni subasta ni catálogo, siempre que el valor sea superior a los 10.000 dólares.
  • Ínfima cuantía: Para montos menores a 10.000 dólares. Aún falta regular cómo se harán públicos estos procesos.
  • Ferias inclusivas: Ya no serán preferentes. Solo se usarán para bienes no catalogados, y con regulación de Sercop y la Superintendencia de Economía Popular.

Contraloría pierde una función clave

Uno de los cambios más controversiales es que la Contraloría General del Estado ya no podrá emitir informes de pertinencia y favorabilidad antes de que se inicie un proceso contractual. Esta modificación levanta preocupaciones sobre el debilitamiento de los controles preventivos.

Más tecnología, menos discrecionalidad

La Ley también ordena que todos los controles del Sercop a las contrataciones estatales se realicen mediante herramientas tecnológicas automatizadas y con criterios previamente establecidos. En otras palabras, el ojo humano será reemplazado —al menos en parte— por algoritmos.

Además, el portal de compras públicas se transformará bajo el enfoque de datos abiertos e inteligencia artificial, y deberá estar completamente adaptado en un plazo máximo de 120 días.

Otras disposiciones destacadas

  • El directorio del Sercop será presidido por el Presidente de la República o su delegado.
  • Los servidores públicos que participen en procesos de contratación deberán certificarse en la materia.
  • Se elimina el régimen especial para el transporte de correo nacional e internacional.
  • Se priorizará a los proveedores que denuncien actos de corrupción con pruebas válidas.
  • El Registro Único de Proveedores incluirá criterios de integridad y trazabilidad, no solo datos básicos.

¿Qué sigue?

El Ejecutivo tiene plazo hasta el 10 de agosto de 2025 para emitir el nuevo reglamento que norme todos los procedimientos. Mientras tanto, la implementación de esta ley marcará un antes y un después en la forma en que el Estado contrata bienes, obras y servicios.

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