Quito

¿Qué es y para qué vehículos será obligatorio instalar la tercera placa aprobada en Quito?

Habrá multas por las infracciones relacionadas a la tercera placa.

Por oromartv.com

Actualizado: 6 de enero de 2026

¿Qué es y para qué vehículos será obligatorio instalar la tercera placa aprobada en Quito?

Imagen referencial de vehículos circulando en Quito. Foto de internet.


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La ordenanza que regula la implementación de un dispositivo electrónico de identificación vehicular, conocido como tercera placa fue aprobada este martes 6 de enero de 2026 por el Concejo Metropolitano de Quito, con 20 votos a favor.

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Dicho dispositivo es similar a un TAG de esos que se usan para pagar peajes en la Autopista General Rumiñahui, y tendrá el número del chasis y el de la placa.

La medida permitirá, a decir de las autoridades quiteñas, facilitar la gestión y regulación del transporte y el tránsito en la capital. Además, para tranquilidad de los conductores, el Municipio no podrá rastrear la ubicación del vehículo.

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¿Para qué vehículos es obligatorios?

Todos los vehículos que se presenten a la revisión técnica vehicular en Quito, deberán portar la tercera placa, al igual que aquellos que sean matriculados en la ciudad. Mientras que, los carros que sean matriculados en otros cantones, tendrán la opción de instalar la placa de manera voluntaria.

Fechas de instalación del dispositivo

La denominada tercera placa se instalará de manera gratuita en el parabrisas de los carros, con una duración de cinco años. Aún no se han definido las fechas para la instalación, aunque se prevé que sea desde el segundo semestre de 2026.

Una vez que entre en vigencia el porte de la tercera placa, se impondrán multas por las diferentes faltas que se puedan cometer.

Si el carro no carga el dispositivo en el lugar instalado o cuando el propietario no lo cambie a los cinco años, la multa es del 15% del salario básico, esto se considera una infracción leve.

Cuando el propietario del carro realice acciones para evitar la lectura de la tercera placa o sea reincidente en una infracción leve, se impondrá la sanción para infracción grave que es del 30% del salario básico.

También están las infracciones muy graves, en las que la multa es del 50% de un salario básico y que se impone cuando los conductores retiren el dispositivo, lo dupliquen o lo adulteren. Además, la reincidencia en una infracción grave, esta será sancionada como una muy grave.

Cabe señalar que la implementación de esta medida se tenía prevista para inicios de 2025, luego se postergó para mediados de ese año, pero finalmente se hará en 2026.

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