El próximo 5 de febrero de 2023, los ciudadanos ejercerán su derecho al voto en las elecciones seccionales del país. Los electores están convocados para seleccionar 221 alcaldes, 23 prefectos y viceprefectos, 868 concejales urbanos, 437 concejales rurales, 4084 vocales de juntas parroquiales, 7 vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
Por Redacción
21 de octubre de 2022
El próximo 5 de febrero de 2023, los ciudadanos ejercerán su derecho al voto en las elecciones seccionales del país. Los electores están convocados para seleccionar 221 alcaldes, 23 prefectos y viceprefectos, 868 concejales urbanos, 437 concejales rurales, 4084 vocales de juntas parroquiales, 7 vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
El próximo 5 de febrero de 2023, los ciudadanos ejercerán su derecho al voto en las elecciones seccionales del país.
Los electores están convocados para seleccionar 221 alcaldes, 23 prefectos y viceprefectos, 868 concejales urbanos, 437 concejales rurales, 4084 vocales de juntas parroquiales, 7 vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) habilitó la plataforma para consultar el lugar de votación asignado, además cada ciudadano podrá verificar si fue asignado como miembro de junta receptora del voto.
Aquí te indicamos los pasos que debes conocer para acceder a aquellos datos:
Ingresa a la página web del CNE https://app02.cne.gob.ec/consultaregistroelectoral/
En Ecuador, el voto es obligatorio para las personas entre 18 y 64 años, fuera de este rango de edad el voto es facultativo. En caso de no poder ir a votar, el ciudadano deberá pagar una multa que corresponde al 10% del salario básico unificado, es decir, 42,5 dólares, según el artículo 292 del Código de la Democracia. En caso de no acercarse siendo parte de la junta receptora del voto, el monto a pagar es del 15%, es decir, 63,75 dólares.
Sin embargo, existen cinco causales para justificar la inasistencia de acuerdo al Código de la Democracia, “No incurren en las faltas previstas en este artículo (el 292):
10272 vistas
1255 vistas
837 vistas
769 vistas
675 vistas
Desarrollado por OromarTV · Todos los derechos reservados · Ecuador, 2025