Quito
Además de la pena de cárcel, los sentenciados deberán cumplir medidas de reparación integral a favor de la víctima.
Por Alexander Calero
Actualizado: 12 de diciembre de 2025

Audiencia judicial en Quito donde un tribunal dictó sentencia contra dos hermanos por el delito de violación.
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Dos hermanos fueron condenados a 29 años y cuatro meses de prisión por el delito de violación, cometido contra una mujer en el sur de Quito. El fallo fue emitido por un Tribunal de Garantías Penales, que los declaró autores directos del hecho.
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El tribunal también impuso una multa equivalente a 800 salarios básicos unificados, el pago de 10.000 dólares como reparación integral y dispuso que la víctima reciba tratamiento psicológico a través de una entidad pública especializada.
La condena incluye agravantes establecidas en el Código Orgánico Integral Penal, debido a la forma en la que se cometió el delito.
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Cómo ocurrieron los hechos
El caso, investigado por la Fiscalía especializada en violencia de género, ocurrió el 14 de marzo de 2025. La noche previa, la víctima se reunió con los ahora condenados, a quienes conocía con anterioridad, y conversaron dentro del vehículo de uno de ellos.
Posteriormente, ingresaron a un inmueble del sector, donde se produjo la agresión sexual, que dejó a la víctima con varias lesiones. Tras el ataque, la mujer logró alertar a un familiar, quien dio aviso inmediato al ECU 9-1-1.
Detención en flagrancia y pruebas presentadas
Agentes de la Policía Nacional acudieron al sitio y observaron a dos hombres en una camioneta con características coincidentes a las reportadas. Tras una persecución, lograron interceptarlos y ambos fueron aprehendidos en flagrancia.
Durante la audiencia de juicio, Fiscalía presentó pruebas clave como el testimonio anticipado de la víctima, declaraciones de los agentes aprehensores y del familiar que reportó el hecho, el examen médico-legal, pericias biológicas y toxicológicas, además del informe de reconocimiento del lugar.
El delito de violación está tipificado en el artículo 171 del COIP, cuya sanción fue incrementada por la aplicación de circunstancias agravantes previstas en la normativa penal vigente.
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